Competencias:
- La gestión, control y coordinación de los asuntos relativos a la gestión presupuestaria, la contabilidad, la tesorería y la gestión de pagos.
- La tramitación de los expedientes de contratación administrativa y los convenios con contraprestación económica.
- Las actuaciones preparatorias necesarias para la elaboración del anteproyecto de presupuesto, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros órganos o unidades en el presente decreto.
- La gestión del inventario de los bienes inmuebles o muebles adscritos a la Agencia Tributaria de Galicia, incluidos los ingresos y rendimientos derivados de los mismos, la adquisición de bienes muebles y de material no inventariable. La tramitación de los expedientes en materia patrimonial se realizará en coordinación con el órgano directivo competente en materia de patrimonio de la Comunidad Autónoma.
- El estudio, diseño y propuesta de los sistemas y procedimientos que se vayan a utilizar en el ámbito de sus competencias.
- La propuesta de instrucciones o circulares en su ámbito de competencias.
- Cualquier otra función que se le encomiende en el ámbito de su competencia.