Orden de 27 de febrero de 1995, por la que se establecen ciertas reducciones en los precios privados por la prestación de determinados servicios en el Centro Gallego de Artes de la Imagen. (DOG nº 64 de 31 de marzo de 1995) (1)
El artículo 6º, capítulo 1º del título II de la Ley 13/1991, de 9 de diciembre, de tasas, precios y exacciones reguladoras de la Comunidad Autónoma de Galicia (2), establece que los precios privados serán fijados por la consellería correspondiente atendiendo a las condiciones y circunstancias del mercado en el que operen.
La Consellería de Cultura, a través del Centro Gallego de Artes de la Imagen, viene desarrollando distintas actividades prestando una serie de servicios a profesionales y al público en general, destacando la realización de programación de la exhibición de las artes de la imagen en la sala de proyección en los locales del citado centro y donde es de destacar la asistencia de público nuevo y estudiante, por lo que se hace preciso regular la percepción de precios privados.
Por todo esto.
DISPONGO:
Artículo 1º
Tendrán derecho a una reducción del 50% en el precio de la entrada los titulares del carné joven y equiparables, carné de estudiante y los correspondientes internacionales.
Esta reducción no será de aplicación al importe de los abonos para diez sesiones.
Artigo 2º
Para efectos de lo dispuesto en la orden de la Consellería de Economía y Hacienda de 29 de junio de 1994 por la que se regula el procedimiento de recaudación voluntaria de tasas y precios de la Comunidad Autónoma de Galicia, el código de los ingresos fijados en la presente orden será el 362200.
Disposición final
Esta orden entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
(1) Que modifica la Orden de 25 de enero de 1995.
(2) Es el actual artículo 51 de la vigente Ley 6/2003, del 9 de diciembre, que ha derogado a la anterior citada.
Fecha de publicación
25/10/2008
Tipo de disposición
Orden
Tipo de Contenido
Reglamento
Origen
Autonómica