Orden de 12 de febrero de 2004, por la que se fijan los precios de venta al público de diversos artículos de la Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo. (DOG nº 47 de 8 de marzo de 2004)
La Ley 13/1991, de 9 de diciembre, de tasas, precios y exacciones reguladoras de la Comunidad Autónoma de Galicia, en su artículo 6 (1) señala la obligación de que los precios privados sean fijados por las consellerías correspondientes, previo informe favorable de la Consellería de Economía y Hacienda, y publicados en el Diario Oficial de Galicia.
Para cumplir este mandato, y después de emitir el informe favorable la Consellería de Economía y Hacienda, esta consellería
DISPONE:
Artículo único.
- Quedan aprobados los precios privados de venta al público de los objetos de los museos gestionados por esta consellería que se relacionan en el anexo.
- Estos precios se entenderán, en su caso, con IVA incluido.
ANEXO
Relación de objetos de los que se aprueban los precios privados de venta al público:
- Museo de Bellas Artes (A Coruña):
- Actividad didáctica Re-pintar Altamira. O inicio da pintura: 5 euros.
- Museo de las Peregrinaciones (Santiago de Compostela):
- Paraguas: 10 euros.
- Yoyó: 1,50 euros.
- Bolígrafos: 4 euros
- Reglas: 1 euro.
- Taco de notas: 4,51 euros.
- Lápiz: 0,60 euros.
- Goma de borrar: 0,50 euros.
- Marcador de libro: 0,30 euros.
- Plato conmemorativo: 9,02 euros.
- Pin: 6,01 euros.
(1) La referencia se entiende hecha al actual artículo 51 de la vigente Ley 6/2003, de 9 de diciembre, de tasas, precios y exacciones reguladoras de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG nº 240 de 11 de diciembre de 2003).
Fecha de publicación
25/10/2008
Tipo de disposición
Orden
Tipo de Contenido
Reglamento
Estado
Vigente
Origen
Autonómica